declara CON LUGAR, la Solicitud de DIVORCIO POR RUPTURA PROLONGADA DE LA VIDA EN COMÚN. Formulada por los ciudadanos: LUÍS ANTONIO GARCÍA y JACKELINE DEL ROCIO AREVALO, venezolano y colombiana, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad N° V-5.740.577 y E-84.426.430, respectivamente, de este domicilio, asistidos por el abogado JOSÉ OMAR SÁNCHEZ QUIROZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-1.585.662, e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 31.544. En consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial contraído entre los solicitantes por acto celebrado en fecha 26 de abril de 2.002, por ante la Prefectura Civil de Municipio Bolívar, Estado Táchira, bajo el N° 59.