, ESTE TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO UNIPERSONAL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, resuelve de la siguiente manera:
Único: Decreta la Extinción de la acción Penal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 48 ordinal 7 del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia se Decreta el Sobreseimiento de la Causa, seguida al ciudadano José Ovidio García, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, nacido en fecha 26-06-1959, de 57 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V.- 3.450.804, de estado civil casado, de profesión u oficio Militar Retirado, residenciado en el Barrio Naranjales, vía principal el Nula, frente al matadero Canaima, primera entrada al Barrio Caucauguita, casa N° B-16, Parroquia Alberto Adriani, Municipio Fernández Feo, de la comisión del delito de Amenazas y Violencia Físicas y Psicológicas, previstos y.....