En consecuencia y por cuanto el convenimiento suscrito entre las partes no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte HOMOLOGACIÓN al acta de fecha 03 de Agosto de 2009, donde las partes ciudadana ELVA MUÑOZ VILLAMIZAR, parte demandante y ALCIDES SANTOS SANTOS parte demandada aumentaron el monto de la obligación de la manutención a favor del joven FRANKLIN ALEXANDER el adolescente ENYELBER ALEJANDRO y la niña KELY SHIRLEY SANTOS MUÑOZ; todo de conformidad con lo establecido en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente.
Se acuerda la revisión anual del monto de la Obligación de la manutención, conforme a lo establecido en el último aparte del artículo 369 ejusdem.