SE HOMOLOGA EL CONVENIMIENTO queda fijada la pensión de Obligación de Manutención, en la cantidad de TRESCIENTOS BOLÍVARES (Bs. F 300,oo) mensuales y los demás gastos de útiles ropa gastos médicos se hará de manera compartida en partes iguales.: Se fijan dos bonos especiales por la misma cantidad de la pensión para los meses de Septiembre y Diciembre para los gastos de uniformes, útiles escolares y gastos decembrinos.