En vista de los razonamientos antes expuestos, y visto además las enunciaciones del articulo transcrito en lo que se refiere al modo de proceder en las ejecuciones voluntarias contra las Municipalidades y visto también el incumplimiento por parte de la Contraloría Municipal del Municipio Guasimos del estado Táchira en proceder al pago al querellante, este Juzgado Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ordena la EJECUCIÓN VOLUNTARIA de la sentencia ut supra mencionada, de conformidad con el articulo 158 de la Ley Orgánica del Poder Publico Municipal de la sentencia definitiva No. 092/2014 de fecha 28 de julio de 2014, en los siguientes términos
UNICO: Se ordena a la Contraloría del Municipio Guasimos pagar al ciudadano FIDEL DUQUE SAYAGO los sueldos dejados de percibir como Contralor del referido municipio hasta la finalizac.....