Primero: Decreta la cesación de la medida privativa de libertad impuesta por el lapso CUATRO (04) MESES, al joven adulto OMITIDO CONFORME AL ARTICULO 545 DE LA LOPNNA, por la comisión de los delitos de TRÁFICO EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO AGRAVADO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES y PSICOTRÓPICAS, previsto en el artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas en concordancia con el artículo 163.8 ejusdem; OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO, previsto en el artículo 277 del Código Penal en relación con los artículos 1, 3 y 9 de la Ley Sobre Armas y Explosivos en perjuicio del Orden Público; OCULTAMIENTO DE MUNICIONES PARA ARMA DE FUEGO, previsto en el artículo 277 ejusdem; LESIONES LEVES; previsto en el artículo 413 del Código Penal, y ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR, previsto en el artículo 37 en concordancia con el artículo 4 numeral 9 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo; de conformidad con lo previsto en el artículo 645 de la Ley Orgánica para la Protecc.....