este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL NUMERO CUATRO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA ACCION PENAL, por encontrarse evidentemente prescrita, de conformidad con lo establecido en el ordinal 8º del artículo 48 del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en contra del ciudadano ORLANDO GONZALEZ CONTRERAS, venezolano, de 30 años, soltero, residenciado en el Barrio Simón Bolívar, Municipio Torbes, Estado Táchira, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA PSICOLOGICA, previsto y sancionado en el artículo 20 de la Ley sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia, en perjuicio de la ciudadana BELKIS GRACIELA GALVIZ, de 17 años, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V.- 17.496.002, residenciada en el Barrio Simón Bolívar, vereda el cerro, Municipio Torbes.....