En fecha 02 de diciembre del 2013, comparecen de manera voluntaria los ciudadanos Ana Rosa Uribe Ortega y José Luis Funes Aguas, parte beneficiaria y oferente, respectivamente, quienes convinieron, en la fijación del monto de la obligación de manutención, para la niña: K.L.F.U., asimismo la forma y la oportunidad del pago de la misma, en consecuencia y por cuanto la conciliación entre las partes no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte homologación al acta de aumento del monto de la obligación de manutención, de fecha 02 de diciembre de 2013, de conformidad con lo establecido en el Artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente