DECISIÓN
En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas, este, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por la representación judicial de la ciudadana GÁUDIZ SULAY SUÁREZ GUERRERO, en contra de la Inspectoría del Trabajo del Estado Táchira.
SEGUNDO: SE DECLARA NULA la Providencia Administrativa emanada de la Inspectoría del Trabajo del Estado Táchira, bajo el N° 68-2015, de fecha 16 de enero de 2015, en la cual se declaró sin lugar la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos interpuesta por la accionante GÁUDIZ SULAY SUÁREZ GUERRERO en contra de la entidad de trabajo MATERNO QUIRÚRGICO SANTA LUCÍA C.A.
TERCERO: PROCEDENTE la solicitud de reenganche solicitada por la ciudadana GÁUDIZ SULAY SUÁREZ GUERRERO, en contra de la empresa MATERNO QUIRÚRGICO SANTA LUCÍA C.A......