Del estudio de las actas procesales se constata, que la Notificación dirigida a la Parte Demandada, ciudadano JESUS DAVID MARTINEZ MALDONADO, ya suficientemente identificado, fue practicada por el Alguacil de este Tribunal, en fecha 30 de enero de 2.012, según diligencia que riela al folio 205; por lo que de conformidad con lo que enseña el Artículo 524 del Código adjetivo civil, ya arriba transcrito, el lapso de tres (03) días de despacho establecido, aún no había trascurrido, conforme se desprende de la tablilla de este Juzgado, para el día lunes 06 de febrero del presente año; siendo presentada en igual data, específicamente a las 10:30 de la mañana, conforme la nota de la Secretaria, la ya referida diligencia de la identificada apoderada Judicial de la Parte Actora Demandante.
Garantizando quien Juzga, la Tutela Judicial Efectiva y el Debido Proceso, contenidos respectivamente, en los Artículos 26 y 49 Constitucionales, constata con meridiana claridad, que para la fecha de la peti.....