Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguri-dad No. 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Tàchira, administrando justicia en nombre de la Republica y por autoridad de ley, DECIDE:
ÚNICO: DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA PENA IMPUESTA al ciudadano PIN-TO CONTRERAS CARLOS ALEXANDER, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V.- 6.225.172, de (17) AÑOS DE PRESIDIO, por el delito de ROBO A MANO ARMADA y VIOLACIÓN, previstos y sancionados en los artícu-los 460 y 375, ambos del Código Penal, y en consecuencia SE DECRETA LA EXTINCIÓN DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL y SU LIBERTAD PLENA, en rela-ción con la comisión de tal hecho punible, todo en conformidad con lo dispuesto en el artículo 105 del Código Penal.
Publíquese, regístrese y librense las respectivas notificaciones a las partes. Remítase el expediente al Archivo Judicial una vez firme la presente decisión- Déjese copia. Cúmplase.
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