Por los razonamientos de hecho y de derecho precedentemente expuestos, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
UNICO: IMPROCEDENTE el reclamo de HERENCIA YACENTE que favor del Estado venezolano interpuso el abogado Luis Antonio Casanova Araque.
No hay condenatoria en costas por ser una acción en beneficio del Estado.
Notifíquese a las partes, a la Procuraduría General de la República y la Gerencia de Tributos Internos de la Región Andes (SENIAT).
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, a los siete (07) días del mes de marzo dos mil diecisiete. Años 206° de la Independencia y 158° de la Federación. PEDRO ALFONSO SÁNCHEZ RODRÍGUEZ. (JUEZ). (FDO) MARÍA AL.....