Visto el contenido de la diligencia de fecha Primero (01) de Abril del 2.014, suscrita por el Ciudadano ROBINSON ROSALES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-15.684.581, parte demandada, asistido por la abogada en ejercicio MARTHA MERCEDES SALAMANCA ALVAREZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 168.005; actuando de conformidad con lo establecido en el Artículo 216 del Código de Procedimiento Civil, en la cual reconoce el contenido y firma del instrumento fundamental de la demanda en cual riela al folio 03 del expediente; por cuanto se observa que dicho acto no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN, conforme a lo establecid.....