la ciudadana Juez de este Despacho, una vez iniciada la Audiencia y después de las conversaciones se le otorgó nuevamente la palabra al demandado y el mismo señala que tiene la disponibilidad de efectuar el pago para las correspondientes prestaciones sociales de la siguiente manera: que pagará para el día 20-05-2008, la suma de Bs. 1.000,oo, para el 25-06-08 Bs. 1.000,oo, para el 22-07-08 Bs. 1.000,oo; para el 26-08-08 Bs. 1.500,oo y un último pago para el 23-09-08 por Bs. 1.500,oo, lo que suma un monto total de cantidad de SEIS MIL BOLÍVARES EXACTOS (Bs6.000,oo), la parte actora acepta conforme dicha cantidad y señala que no resta monto alguno a favor del demandante por lo reclamado en el líbelo de la demanda; y por ende este Tribunal HOMOLOGA el acuerdo celebrado entre las partes y le otorga el carácter de cosa juzgada, dándose por concluido el presente proceso, de conformidad con lo establecido por el artículo 133 de La Ley Orgánica Procesal del Trabajo. No se ordena el archivo del.....