Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables de los trabajadores, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada.
LA JUEZ
ABOG. BEATRIZ GONZÁLEZ GIRALDO. LA SECRETARIA
Los Presentes,
APODERADAS DE LA PARTE ACTORA:
ROBERTINA DEL CARMEN VARGAS
ALBADIA DE CORONEL
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA:
EMERSON RIMBAUD MORA SUESCUN