DISPOSITIVO
Por los razonamientos anteriormente expuesto, ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL NÚMERO SEIS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, RESUELVE:
1. ADMITE totalmente LA ACUSACIÓN y las pruebas promovidas contra los imputados CARLOS HUMBERTO TELLEZ SÁNCHEZ, quien dice ser de nacionalidad venezolana, natural de San Cristóbal, Estado Táchira, nacido en fecha 07-09-1990, de 19 años de edad, titular de la Cédula de Identidad V.- 20.427.927, de profesión u oficio estudiante, de estado civil soltero, residenciado en Campo C, calle los Cedros, apartamento amarillo Don Juan, Estado Táchira, teléfono 0414-7082321, JOSÉ RICARDO GONZÁLEZ SOTO, quien dice ser de nacionalidad venezolana, natural de Barquisimeto, Estado Lara, nacido en fecha 09-01-1990, de 20 años de edad, titular de la Cédula de Identidad V.- 20.234.922, de profesión u oficio estudiante.....