Por los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL NUMERO DOS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE SAN ANTONIO DEL TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE: ÚNICO: Se Revisa la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, mediante la cual se les privó de libertad al Ciudadano: JOSÉ GREGORIO SILVA SAYAGO, de nacionalidad venezolana, natural de San Antonio del Táchira, titular de la cédula de identidad N° V.-18.353.294, nacido en fecha 19-10-1986, de profesión u oficio conductor, residenciado en la avenida principal el caimito, casa S/N, vía Capacho, al lado de la Panificadora El Caimito, Estado Táchira, a quien el Ministerio Público le atribuye la presunta comisión del delito de USO DE DOCUMENTO PUBLICO FALSO, previsto en el artículo 322 y sancionado en el artículo 319 del Código Penal, en perjuicio de la Fe Pública, Y SE ACUERDA una Medida Cautelar Susti.....