, este Juez del Circuito Judicial del TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONVIERTE en DIVORCIO la SEPARACION DE CUERPOS de los ciudadanos JOSE GILBERTO SALCEDO MORENO Y GREISY ELIZABETH ROJAS MOLINA venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad N°. V.- 11.499.562 y V-14.418.501 respectivamente. En este sentido queda disuelto el vínculo conyugal contraído según constan en Acta de Matrimonio N° 148, de fecha 28 de Julio de 2004, ante la Prefectura del Municipio San Fernando Estado Apure, líbrese oficio al Registro Civil y al Registro Principal respectivos.
En cuanto al hijo procreado de nombre: "SE OMITE CONFORME AL ARTICULO 65 DE LA L.O.P.N.N.A.", convinieron lo siguiente:
"...PRIMERO: respecto de la patria Potestad y el ejercicio de la Responsabilidad de Crianza de nuestro menor hij.....