este Tribunal en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA PRESENTE SOLICITUD DE CONVERSIÓN EN DIVORCIO DE SEPARACIÓN DE CUERPOS Y DE BIENES DE LOS CIUDADANOS ANGGIE PAOLA PEREZ MENDEZ y JAVIER JOSE GARCIA HERNANDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-18.090.544 y V-14.100.496, respectivamente. En consecuencia queda disuelto el vinculo matrimonial celebrado entre ellos el día veintisiete (27) de septiembre del año dos mil trece (2013), por ante la Junta Parroquia San Juan Bautista del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, según acta de matrimonio Nro 179.