En consecuencia esta Jueza Unipersonal Nro.3 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, AUTORIZA amplia y suficientemente al adolescente NOMBRE OMITIDO POR DISPOSICION DEL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNA), venezolanos, de quince (15) años de edad, identificado con partida de nacimiento N° 2311, de fecha 30 de octubre de 2001, expedida por la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San Camilo, Municipio Páez, Estado Apure, y a la niña NOMBRE OMITIDO POR DISPOSICION DEL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNA), de nueve (09), años de edad, identificada con partida de nacimiento N° 1120, de fecha 01 de agosto de 2000, expedida la Primera Autoridad Civil de la Parroquia la Concordia, Municipio San Cristóbal, Estado Táchira, para que representados por su madre la ciudadana MAYELIN PABON MURILLO, colombiana, mayor de edad, ide.....