En virtud de lo procedentemente expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECRETA LA EJECUCION DE LA PENA impuesta mediante sentencia firme al ciudadano RAFAEL ENRIQUE REINA, de nacionalidad venezolana, natural de Caracas, en fecha 01 de agosto de 1955, de 54 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Técnico de Construcción, hijo de Ubaldina Reina y de padre desconocido, domiciliado en La Matica Arriba, Calle Simon Rodríguez, N° 28 Los Teques, Estado Miranda y titular de la cédula de identidad Nro. V-5.424.242, conforme a lo previsto en los artículos 479, encabezamiento, en concordancia con el artículo 482, ambos del Código Orgánico Procesal Penal.