Este Tribunal, visto que ha transcurrido más de un año de declarada la separación y que no consta en autos que haya habido reconciliación entre los cónyuges, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, aplicando el primer y último Aparte del artículo 185 del Código Civil Declara la Conversión de la Separación de Cuerpos y de Bienes en DIVORCIO de los ciudadanos los ciudadanos Katty Eldonaira Barreto Albornoz y Robert Alexander Becerra Valera, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre si, titulares de las cédulas de identidad No. V-18.721.434 y V-17.678.514 en su orden, de este domicilio y hábiles, asistidos por el abogado Wuillian Omar Moreno Rosales, inscrito en el Inpreabogado bajo el No.103.924, en consecuencia queda disuelto el vínculo conyugal contraído entre ellos por ante el Registro Civil del Municipio Michelena del Estado Táchira, en fecha once (11) de diciembre de 2010, según consta en Acta de Matrimonio Nº 82.