PRIMERO: DECLARA CON LUGAR, el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO de la presente causa a favor del adolescente IDENTIDAD OMITIDA ART. 65 LOPNA, de conformidad con lo señalado en el artículo 615 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por el delito de SIMULACIÓN DE HECHOS PUNIBLES, previsto en el artículo 239 del Código Penal; Notifíquese a las partes. Para la notificación de la adolescente se acuerda por medio de la Policia del Municipio Michelena a donde se acuerda remitir la boleta.
REGÍSTRESE, DIARICESE, DÉJESE COPIA Y PUBLÍQUESE
HELEN NEFFERTY GARCÍA RAMIREZ
JUEZ PROVISORIO DE CONTROL NO. 3
ABG. MARIA ALEJANDRA NOGUERA GAMEZ
SECRETARIA DE CONTROL
En la misma fecha se dicto y publico la anterior sentencia, dejándose copia certificada para el archivo del Tribunal, y se libraron boletas de notificación de las partes y oficio a la Policia de Michelena.
EXP-3C-1978/2007
SRIA.