PRIMERO: Las partes dan por terminado el presente juicio mediante el pago de la cantidad de SEIS MIL QUINIENTOS BOLÍVARES (Bs. 6.500,00), cantidad que comprende la diferencia pendiente a favor de la demandante, por los conceptos reclamados en la demanda, derivados de la relación laboral que vinculó a las partes y que la parte demandada se compromete a pagar en dos cuotas por la cantidad de TRES MIL DOSCIENTOS CINCUENTA BOLÍVARES (Bs. 3.250,00) cada una, la primera cuota que será pagada el día 08 de agosto de 2013 y la segunda y última cuota el día 18 de septiembre de 2013, pagos que serán efectuados por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial Laboral. SEGUNDO: En la presente mediación, producto de las recíprocas concesiones de las partes, éstas manifiestan su entera conformidad con el acuerdo alcanzado y a su vez declaran que nada queda pendiente por ninguno de los conceptos reclamados en la demanda, ni por ningún otro concepto derivado de la rela.....