Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado del Municipio Ayacucho de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Actuando en este Acto con funciones de Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de La Ley, Resuelve:
Primero: Se declara Con Lugar la solicitud de Cumplimiento de la Obligación de Manutención solicitada por la ciudadana NURIS YAMARIS MONRROY DE PEÑALOZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 4.203.164, domiciliada en la carrera 1 N° 1-49, del Barrio Las Flores, San Juan de Colón, Municipio Ayacucho del Estado Táchira, actuando a favor de sus hijos: ..., debidamente asistida por el abogado NEPTALI ESCALANTE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° V-4.203.164, de este domicilio e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 44.504, en contra del ciudadano RAMON ORLANDO PEÑALOZA, venezolano, mayor.....