SEGUNDO: CONFORME AL PROCEDIMIENTO ESPECIAL POR ADMISIÓN DE LOS HECHOS, previsto en el artículo 375, del CÓDIGO ORGÁNICO PROCESAL PENAL, CONDENA a JHON JAIRO MARTÍNEZ PUENTES, de nacionalidad colombiano, natural de Cúcuta, Norte de Santander, República de Colombia, nacido en fecha 14-06-1985, de 28 años de edad, titular de la cedula de ciudadanía 1090477212, soltero, de Profesión u oficio Obrero, hijo de María del Carmen Puentes Acevedo (f) y de Jairo Martínez Quiñonez (v) y residenciado en el Barrio el Vegón, calle El Silencio, Táriba Municipio Cárdenas Estado Táchira, por la comisión del delito de TRÁFICO ILICITO EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 149 Segundo Aparte de la Ley Orgánica de Drogas; FALSA ATESTACIÓN ANTE FUNCIONARIO PÚBLICO, previsto y sancionado en el artículo 320 del Código Penal y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 218 del Código Penal, en perjuicio del Es.....