Vista como ha sido la diligencia suscrita por la parte actora, el ciudadano PEDRO ALFONSO SILVA CASARES, mayor de edad, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° 22.675.531, asistido por la abogada CRISTINA ABATE DE URDANETA, inscrita en el IPSA bajo el N° 58.689, de fecha 04 de noviembre de 2005, con el carácter de autos, donde DESISTEN DEL PROCEDIMIENTO, por haber recibido el trabajador demandante la totalidad de lo que le correspondía por Prestaciones Sociales, éste Juzgado declara DESISTIDO EL PRESENTE PROCESO, por lo cual se ordena el archivo de este expediente.