PRIMERO: IMPONE COMO MEDIDA DE ASEGURAMIENTO al adolescente (OMITIDO); por la presunta comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES LEVES, previsto en el artículo 416 del Código Penal, la establecida en el literal "c" del artículo 582 de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes, quedando sujeta su libertad al cumplimiento de la siguiente condición: 1.- Obligación de presentarse a la celebración de la audiencia preliminar, a realizarse el día miércoles diecisiete (17) de noviembre de 2010, a las 09:00 horas de la mañana; todo de conformidad con lo establecido en el artículo 617 de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes; a tal efecto, se deja constancia que con la firma del acta y de la notificación de la presente decisión, queda debidamente informado y obligado de la condición impuesta, conforme lo establece el artículo 260 del Código Orgánico Procesal Penal; en consecuencia, se acuerda librar la correspondiente Boleta de Libe.....