La parte actora reciba la cantidad total de VEINTE MIL BOLIVARES EXACTOS (Bs.20.000,00), los cuales se les cancelaran en dos (2) pagos, que se efectuarán por Bs.10.000,00 cada uno, el Primero en fecha de 14-11-2014, más el Segundo pago y último pago se cancelará en fecha del 12-12-2014 que será por la diferencia restante de dicho pago, todos ellos se efectuarán ante este Tribunal. En ese momento se instó a la parte demandante a considerar la cantidad ofertada, para darle fin al proceso. Oída por las partes las sugerencias de la titular de este Tribunal Quinto de Primera Instancia del Circuito Laboral del Estado Táchira; la apoderada de la parte actora manifiesta que acepta la propuesta realizada por la parte demandada y estar conforme con dicho monto del cual no restaría nada a deber , ni por éste ni ningún otro concepto laboral del cual fue peticionado en esta demanda; por ende este Tribunal visto el acuerdo lo HOMOLOGA, se le otorga el carácter de cosa juzgada, dándose.....