DECLARA CON LUGAR la solicitud de aumento de la obligación alimentaria formulada por: NELLY RIVERA VARON, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-9.240.297 en contra de: WOLFANG ALFREDO OMAÑA VILLAMIZAR. En consecuencia, fija la misma en la cantidad de: CIENTO CINCUENTA MIL BOLIVARES MENSUALES (150.000,00 Bs.), a partir de la presente fecha. Igualmente se fija una cuota extraordinaria en la misma cantidad en los meses de Septiembre y Diciembre de cada año para gastos de útiles escolares y navideños respectivamente. Y ASI SE DECIDE. Notifíquese a las partes. Una vez quede firme la presente sentencia, ofíciese lo conducente al Director de Recursos Humanos de la Gobernación del Estado Táchira, a fin de que sea descontada directamente de la nómina del obligado de la misma manera como se ha venido descontando, la nueva cantidad de pensión de alimentos fijada, incluido el beneficio de prima por hijos que se evidencia de la constancia de ingresos inserta al folio .....