"...la ciudadana ANA KARINA SUÁREZ WILCHEZ, actuando con el carácter acreditado en autos, y expuso: "Informo al ciudadano Juez que desisto de la presente demanda". Termino, se leyó y conformes firman.
En consecuencia, visto el DESISTIMIENTO expresado por las partes, este Juzgado Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la HOMOLOGACIÓN, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Expídase copia certificada de la presente SENTENCIA INTERLOCUTORIA para el archivo de este Tribunal..."