Por lo anteriormente expuesto esta Jueza Unipersonal No. 04 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECIDE:
PRIMERO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de DIVORCIO incoada por el ciudadano FRASIER ABEL ARIAS VARELA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.- 12.233.035, asistido del abogado PABLO ENRIQUE RUIZ MÁRQUEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 44270 contra la ciudadana AMPARO COLLANTES PRADA, venezolana, mayor de edad, hábil, titular de la cédula de identidad N° E.- 82.214.335, domiciliada en la carrera 17F N° 2-37, Barrio Genaro Méndez, San Cristóbal Estado, Táchira.
SEGUNDO: Queda disuelto el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos FRASIER ABEL ARIAS VARELA y AMPARO COLLANTES PRADA, en fecha 02 de febrero .....