Se Sustituye la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad por otra menos gravosa, impuesta al ciudadano CHACON DELGADO JOSÉ DEL CARMEN, de nacionalidad Venezolana, Natural de San Cristóbal, Estado Táchira, nacido en fecha 06/07/1967, Titular de la Cédula de Identidad N° V.-10.170.941, de 39 años de edad, de estado civil Casado, obrero, hijo de Juana Maria Chacon Delgado (f) y de José Isidro Chacon Delgado (v), con residencia en Caricuo, UD3, por el Zoológico, bloque N° 1, apartamento N° 2, piso 2, Caracas, Distrito Capital, teléfono 0416-4148614, por la presunta comisión de los tipos penales de LESIONES GRAVISIMAS, previsto y sancionado en el artículo 416 del Código Penal vigente para la fecha de ocurrencia de los hechos y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 278 "ejusdem", en perjuicio del ciudadano Avilio Antonio Montero Zambrano, de conformidad con lo establecido en el artículo 256 numeral 3º y artículo 259 ambos del Código Orgánico Procesa.....