DISPOSITIVO
Por los razonamientos anteriormente expuesto, ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL NÚMERO SEIS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, RESUELVE:
1. ADMITE totalmente LA ACUSACIÓN y las pruebas promovidas contra del ciudadano: MESA AGELVIS MELKIS PASCUAL, venezolano, natural de Abejales, Estado Táchira, titular de la cedula de identidad N° 12.464.746, nacido en fecha 14-09-1976, de 32 años de edad, soltero de profesión u oficio comerciante, residenciado en Barrio Buenos a quien el Ministerio Público le imputa la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA AGRAVADA,y VIOLENCIA PSICOLOGICA previsto y sancionado en el encabezamiento y segundo del artículo 42 Y 39 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una vida libre de violencia del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana Elizabet del Carmen Agelvis . VIOLENCIA FISICA AGR.....