se declaró la ADMISIÓN DE LOS HECHOS ajustada a derecho alegados por la parte accionante y en tal sentido: este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR LA ACCIÓN INTENTADA por el ciudadano HENRY RAFAEL ROMERO, venezolano, mayor de edad, identificado con la cédula N° V-3.998.579, contra la ASOCIACIÓN COOPERATIVA DE SERVICIOS DE SEGURIDAD LOS HALCONES, representada por el Ciudadano MIGUEL ANTONIO COLMENARES RUIZ, venezolano, mayor de edad, identificado con la cédula N° V-10.159.867, por Prestaciones Sociales y Otros Conceptos Laborales, condenándose a la parte demandada, al pago de los siguientes conceptos y montos