EL Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declaró: PRIMERO: INADMISIBLE la apelación que interpusiera la apoderada de la parte demandante, abogada JEIMY JACNIBEL SALAS CHACÓN, mediante diligencia de fecha doce (12) de diciembre de 2011, contra la sentencia dictada por el Juzgado del Municipio Ayacucho de esta Circunscripción Judicial en fecha seis (6) de diciembre de 2011. SEGUNDO: SE REVOCA el auto dictado en fecha dieciséis (16) de diciembre de 2011 por el Juzgado del Municipio Ayacucho de esta Circunscripción Judicial, que oyó en ambos efectos la apelación interpuesta en fecha doce (12) de diciembre de 2011, por la apoderada de la parte demandante, abogada JEIMY JACNIBEL SALAS CHACÓN, contra la sentencia dictada por el a quo en fecha seis (6) de diciembre de 2011, por no cumplirse.....