"...En orden a las consideraciones que anteceden, este Tribunal, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO signada con el número 429, de fecha 19 de junio de 1962, de los Libros de nacimiento llevados por el Municipio García de Hevia del Estado Táchira, correspondiente a la ciudadana: CARMEN CECILIA LOZANO, en el entendido de que en el Libro de Actas de Nacimiento llevado en dicho Registro Civil, aparezca en lo sucesivo en dicha partida el nombre de la progenitora del solicitante en la forma siguiente: "CATALINA", y no "DIOCELINA". Queda así rectificada dicha partida de Nacimiento.
Dada, firmada y sellada en el JUZGADO DEL MUNICIPIO GARCIA DE HEVIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN ..."