este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR la solicitud planteada por Dr. HUGO CONTRERAS MOLINA, a favor de su representado ciudadano CASTILLO PÉREZ LUIS ANTONIO, quien es de nacionalidad venezolana, natural de La Guaira Estado Vargas, nacido en fecha 21-01-1966, de 41 años de edad, profesión u oficio funcionario de la Policía Metropolitana de Caracas, titular de la cédula de identidad N° V-9.997.312, mediante la cual requiere se decrete la NULIDAD ABSOLUTA de todos los actos realizados después de la publicación de la sentencia condenatoria dictada en contra de su representado, por estimar este Tribunal que en autos no aparecen comprobados ninguno de los supuestos establecidos en el artículo 191 del Código Orgánico Procesal Penal.