Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECIDE:
PRIMERO: Declara Parcialmente Con Lugar la Solicitud de Aumento de la Obligación de Manutención formulada por la ciudadana MARVIZ LOURDES ESCALANTE ALVIAREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.V-9.227.193, domiciliada en Altos de Paramillo, Palo Gordo, Municipio Cárdenas, Estado Táchira y hábil, en su carácter de madre del niño (omitido por art. 65 LOPNA), asistida por el Abogado en ejercicio FRANCISCO JAVIER DURAN RINCON, titular de la Cédula de Identidad No.V-14.784.294 e inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 129.653, contra el ciudadano RUBEN OBERTO MENDOZA BAUTISTA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.V-10.170.116, domiciliado en San Cristóbal, Estado Táchira y hábi.....