PARTE DISPOSITIVA
Por todas las consideraciones precedentes, y en base a los fundamentos anteriormente expuestos, es por lo que este Juzgado de los Municipios Jáuregui, Antonio Rómulo Costa, Seboruco, José María Vargas y Francisco de Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en atención a lo establecido en el Artículo 377 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y de Adolescente, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la Solicitud de Aumento de la Obligación Alimentaría interpuesta por la ciudadana YOLANDA ROA SANCHEZ, contra el ciudadano GERMAN ALVIDIO LABRADDOR CONTRERAS, ampliamente identificados, en beneficio de su hijo ******************* y se fija la Obligación Alimentaría la cantidad de CIENTO CINCUENTA BOLÍVARES FUERTES (Bs. F. 150,oo) mensuales, así como un monto adicional por igual monto al establecido como Obligación Alimentaría, durante los meses de Agosto y Diciembre de cada año a .....