Posteriormente este Tribunal Quinto de Primera Instancia del Circuito Laboral del Estado Táchira otorgó el derecho de palabra a la parte actora quien manifiesta que acepta la propuesta realizada por la parte demandada, señala estar conforme con el monto del cual no restaría nada a deber por lo demandado, ni por la relación laboral que existió entre ambas partes; por ende este Tribunal visto el acuerdo lo HOMOLOGA, y le otorga el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada de conformidad con el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena expedir 03 copias certificadas adicionales de la presente acta para ser entregada a cada una de las partes. Es todo, terminó, se leyó y conforme firman.
LA JUEZ
DRA. YA LENA MORA
PARTE ACTORA.
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