PRIMERO: EXTINGUE LA ACCIÓN PENAL, de conformidad con lo establecido en el artículo 49 ordinal 7º del Código Orgánico Procesal penal.
SEGUNDO: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA; a favor del acusado NILSON ENRIQUE BARAJAS, venezolano, natural de San Cristóbal, Estado Táchira, titular de la cédula de identidad N° V-23.151.038, nacido en fecha 16-10-1.972, de profesión de oficio asesor comercial, estado civil soltero, residenciado en San Rafael vía Cordero, calle 12 de octubre, vereda 06, casa sin numero, Estado Táchira, como referencia la casa vecina es numero 17-90, teléfono 0426-5714411, por la comisión de los delitos de de LESIONES INTENCIONALES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 416 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano DENNY LARRY MARQUEZ ZAMBRANO. Cesando así las condiciones bajo las cuales se otorgó la Suspensión Condicional del Proceso, de conformidad con lo previsto en el artículo 301 del Código Orgánico Procesal Penal. Quedan notificadas las partes e.....