EL JUZGADO SUPERIOR TERCERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando e impartiendo justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, conforme lo establece el artículo 253 constitucional, declaró: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación contenida en la diligencia de fecha 14 de julio de 2016, suscrita por el abogado Pedro Giovanni Alviárez Mora, con Inpreabogado N° 236.393, actuando en nombre y representación de la parte demandada, CREACIONES JESSANGER, C.A., contra la sentencia definitiva proferida por el Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de ésta Circunscripción Judicial, de fecha dos (02) de julio de 2016. SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia definitiva proferida por el Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de fecha dos (02) de julio de 2016. TERCERO: SE CONDENA en costas a la parte apelante, conforme a lo establecido en.....