este Juzgado Segundo de Municipio Ayacucho del estado Táchira , Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara las presentes diligencias bastantes y suficientes para asegurarle el derecho de propiedad a los ciudadanos YURIANT KARELYS BARONA SUAREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V.- 14.903.407, con domicilio en la ciudad de San Juan de Colon, Municipio Ayacucho del estado Táchira, y a su concubino LUIS JOSE BAÑOS VECINO, colombiano, soltero, titular de la cedula de identidad N° E-84.432.544, de igual domicilio, y hábiles, sobre las mejoras edificada a sus propias expensas , consistente en una casa de habitación en obra negra, integrada por tres habitaciones, sala-comedor y cocina, dos baños un patiecito, un área de garaje, edificada en paredes de bloque sin frisar, con columnas de cemento y cabilla, piso de tierra y estructura de hierro, cuyo techo no ha sido recubierto. Por un valor es.....