este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LAS PRESENTES DILIGENCIAS BASTANTES Y SUFICIENTES, para asegurarle a los ciudadanos NEREO BAUTISTA MONSALVE MONSALVE y XIOMARA MARGARITA MELO de MONSALVE, quienes eran sus padres, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-3.036.255 y V-4.421.340, cónyuges entre sí, domiciliados en Caneyes, calle 3, vereda 2, N° 3-100, Municipio Gúasimos, Estado Táchira, el carácter de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del fallecido ciudadano ERICK MONSALVE MELO, quien era venezolano, mayor de edad y fue portador de la cédula de Identidad Nº V-17.645.807. Por aplicación analógica del artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se deja a salvo todo derecho de terceros. Déjese copia certificada de estas actuaciones para el archivo del Tribunal y d.....