Se da inicio al acto por la ciudadana Juez Provisorio. Seguidamente se le concede el derecho de palabra al Ciudadano WILLIAM JOSE LAMOGGLIA GUEVARA, quien manifestó "Ofrezco como obligación de manutención la cantidad de trescientos bolívares (Bs. 300°°), cantidad que me comprometo a depositar en la cuenta que ordeno aperturar el Tribunal en el Banco Bicentenario, de la cual estoy tomando debida nota y en cuanto a los gastos de la época escolar me comprometo a comprar los útiles escolares y uniforme y en la época de navidad a cubrir los gastos en dos (2) mudas de ropa y calzado". Es todo. Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la ciudadana JESSICA CAROLINA BARRIENTOS BARCENAS, quien manifestó: "Que esta de acuerdo con lo expuesto por el padre de su hijo y que cumpla con responsabilidad y puntualidad con lo acordado en este acto". Es todo. En este estado el Tribunal les hace saber a las partes que los gastos de medico y medicina deberán ser compartidos en igual de condic.....