Por todos los fundamentos de hecho, de derecho y Jurisprudenciales antes expuestos, este Juzgado del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, actuando en sede de Protección del Niño, Niña y del Adolescente, conforme a lo establecido en los Artículos 26 y 49 de nuestra Carta Constitucional, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: La Confesión Ficta del ciudadano DONNY ANTONIO CARRILLO AGUILAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.V-13.917.334, domiciliado en la ciudad de San Antonio del Táchira.
SEGUNDO: Con Lugar la pretensión de Aumento de la Obligación de Manutención, incoada por la ciudadana DARLY MAYERLY DIAZ LOAIZA, en nombre, representación y beneficio de su hijo, el niño (se omite el nombre por disposición de Ley) en contra del ciudadano DONNY ANTONIO CARRILLO AGUILAR, todos suficientemente identificados en la presente decisión.
TERCERO: Se Aju.....