. En consecuencia este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Jáuregui, Antonio Rómulo Costa, Seboruco, José María Vargas y Francisco de Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, de conformidad con lo establecido en el artículo 206 y 310 del Código de Procedimiento Civil, repone la presente causa al estado de Admisión por los trámites del procedimiento ordinario y acuerda emplazar a la ciudadana: RAQUEL CASTELLANOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 15.085.852, domiciliada en la Finca el Sinaí, Aldea Albarico, carretera principal, casa s/n, Seboruco, Municipio Seboruco del Estado Táchira y hábil, junto con copia certificada del libelo de demanda, con inserción del presente auto y con la orden de comparecencia al pié, para que comparezca por ante este Tribunal dentro de los Veinte (20) días siguientes de despacho luego de citado, a cualquiera de las horas fijadas en la tablilla para tal efecto, a fin.....