Ante los razonamientos expuestos vista la solicitud presentada por el ciudadano BRUNO VENDITTE CERONE, mayor de edad, venezolano, soltero, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V- 5.310.827, procediendo en su carácter de Director-Gerente de la Sociedad Mercantil INVERSIONES 33-35, C.A., inscrita en el Registro Mercantil II de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal (hoy, Distrito Capital) y Estado Miranda, en fecha 15 de marzo de 1994, bajo el N° 17, Tomo 81-A sgdo, antes identificados y estudiado el caso cuestionado, este Tribunal resuelve: "Declarar bastante y suficientes las probanzas evacuadas para asegurarle a la Sociedad Mercantil INVERSIONES 33-35, C.A., el derecho de propiedad sobre las mencionadas bienhechurías, todo de conformidad con lo establecido en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil y al principio Constitucional de tutela efectiva contenido en el articulo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, dejando a .....