TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA; ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECRETA:
PRIMERO: Admite totalmente la acusación presentada por el fiscal 22º del Ministerio Público del Estado Táchira, abogada GEMA NINOSKA PÉREZ LOSANO, contra el ciudadano LUIS MANUEL CARRILLO SEPULVEDA, venezolano, nacido en Maracay Estado Aragua, el 24 de junio de 1981, de 24 años de edad, soltero, titular de la cédula de identidad No. V-16.611.609, vigilante privado domiciliado en Colinas de Córdoba, calle principal, cuarta casa a mano izquierda, casa sin número, Santa Ana del Táchira, hijo de Rosaura Carrillo (v) y Luís Sepúlveda (f), por la presunta comisión del delito de Sustracción Ilegitima de Niños y Retención Ilegitima de libertad, previsto y sancionado en el artículo 268 y 272 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente
SEGUNDO:.....